Sufrir un accidente en el trabajo —ya sea en la fábrica, en la oficina o delante de tu ordenador en casa— puede tener consecuencias físicas, económicas y emocionales de gran impacto. Por eso, el ordenamiento jurídico español prevé una serie de mecanismos de protección para los trabajadores que se ven afectados por un accidente laboral. 

Sin embargo, la experiencia demuestra que muchos trabajadores desconocen qué pueden reclamar, contra quién y en qué plazos. En este artículo, repasamos paso a paso todo el proceso

¿Qué se considera accidente laboral?

El concepto de accidente laboral está regulado en el artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Según esta norma, se considera accidente de trabajo toda lesión corporal que sufra el trabajador con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena.

Esta definición incluye:

  • Los accidentes que ocurren en el centro de trabajo.
  • Los accidentes “in itinere”, es decir, durante los trayectos de ida y vuelta al trabajo.
  • Los accidentes en misión, que se producen durante desplazamientos profesionales fuera del centro de trabajo.

También se consideran accidentes de trabajo aquellos que agraven una patología previa si existe relación con las condiciones laborales, y los que se produzcan por imprudencia profesional, siempre que esta se derive de la confianza adquirida por la habitualidad en el desarrollo del trabajo.

En los últimos años, la jurisprudencia ha reconocido asimismo como accidentes laborales los que tienen lugar en el domicilio del trabajador en régimen de teletrabajo, siempre que se acredite que ocurrieron durante la jornada y en la zona habilitada para la prestación de servicios.

Derechos del trabajador tras un accidente laboral

Cuando un trabajador sufre un accidente de trabajo, tiene derecho a recibir asistencia sanitaria inmediata y gratuita a través de la mutua colaboradora o del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), dependiendo del caso.

Si el accidente genera una baja laboral, se activa la prestación por incapacidad temporal desde el segundo día, equivalente al 75 % de la base reguladora, aunque muchos convenios colectivos establecen la obligación de complementar hasta el 100 %.

En caso de que el accidente deje secuelas, el trabajador podrá acceder a:

  • Una indemnización por lesiones permanentes no invalidantes.
  • Una pensión de incapacidad permanente (en grado parcial, total, absoluta o gran invalidez).
  • Indemnizaciones adicionales si se demuestra que la causa del accidente fue una negligencia empresarial.

Además, si el accidente fue consecuencia de la omisión de medidas de prevención por parte de la empresa, el trabajador tiene derecho a solicitar un recargo de prestaciones, que puede situarse entre el 30 % y el 50 % del importe de las prestaciones que reciba (ya sean por incapacidad, viudedad, orfandad u otras). Este recargo no lo paga la mutua ni la Seguridad Social, sino directamente la empresa, y es inembargable y no asegurable.

¿Por qué vías puedo reclamar una indemnización tras sufrir un accidente laboral?

Existen distintas vías legales para reclamar una indemnización, dependiendo de las circunstancias del caso y del tipo de responsabilidad que se pretenda exigir.

  • Vía social (laboral)

La vía más habitual es la jurisdicción social, especialmente en los casos en que se pretende reclamar una indemnización por daños y perjuicios derivados de una omisión de medidas de seguridad o una infracción en materia de prevención de riesgos laborales. Esta vía también se utiliza para reclamar el recargo de prestaciones. La ventaja es que los procedimientos suelen ser más rápidos y están especializados en conflictos laborales.

  • Vía penal

En cambio, cuando el accidente es de extrema gravedad o ha habido fallecimiento del trabajador, puede abrirse la vía penal, si existe indicio de un delito contra la seguridad y salud de los trabajadores (tipificado en los artículos 316 a 318 del Código Penal). En esos casos, la Inspección de Trabajo y la Policía Judicial pueden actuar de oficio, y la instrucción penal determinará si hay base suficiente para seguir adelante. 

  • Vía civil

Por otro lado, si existe un tercero responsable ajeno a la relación laboral (por ejemplo, en un accidente de tráfico durante un desplazamiento laboral), también cabe la posibilidad de presentar una reclamación por responsabilidad civil en la jurisdicción civil, si bien en la mayoría de los casos se acumulan las acciones en el orden social.

¿Cómo se inicia una reclamación por accidente laboral?

Lo primero es comunicar el accidente al empresario lo antes posible, para que se tramite el parte de accidente ante la mutua o el INSS. Este trámite debe realizarse dentro de los cinco días hábiles desde que se tuvo conocimiento del accidente. Si la empresa no lo hace, el trabajador puede comunicarlo directamente.

Si las lesiones son graves, la empresa o la mutua están obligadas a comunicar el accidente a la Inspección de Trabajo en un plazo máximo de 24 horas. Esta actuación de oficio es fundamental, ya que el informe de la Inspección puede servir como prueba clave para acreditar la responsabilidad de la empresa y justificar el recargo de prestaciones.

Si no hay actuación de oficio, el trabajador debe presentar una denuncia por su cuenta ante la Inspección de Trabajo. Se recomienda hacerlo lo antes posible para que el inspector pueda valorar correctamente los hechos.

A partir de aquí, si el trabajador quiere reclamar una indemnización por daños y perjuicios o el recargo de prestaciones, deberá esperar a que las lesiones se estabilicen médicamente. Una vez estabilizadas las lesiones, el siguiente paso será obtener un informe pericial médico que valore las secuelas y permita calcular la indemnización.

Antes de presentar una demanda en los Juzgados de lo Social, es obligatorio presentar papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). Solo si no se llega a un acuerdo, se podrá presentar la demanda.

Plazos para reclamar: lo que no puedes olvidar

Uno de los errores más graves que cometen los trabajadores es dejar pasar los plazos legales. 

  • Para reclamar el recargo de prestaciones por vía administrativa, el plazo es de cinco años desde el accidente.
  • Para reclamar daños y perjuicios ante los Juzgados de lo Social, el plazo es de un año desde la estabilización de las lesiones o, si hay reconocimiento de incapacidad permanente, desde que la resolución del INSS adquiere firmeza. Esto ocurre una vez transcurridos 30 días sin que las partes hayan impugnado la resolución. Si el trabajador o la empresa interponen recurso contra esa resolución, el plazo se suspende hasta que finalice el proceso judicial.
  • En los casos en que se plantee una reclamación por responsabilidad civil extracontractual contra un tercero, el plazo será también de un año desde que se conozca la estabilización de las lesiones.

¿Qué tipos de indemnización puedo recibir por sufrir un accidente laboral?

Las indemnizaciones por accidente de trabajo pueden tener distintas fuentes y naturaleza:

    1. En primer lugar, están las prestaciones de la Seguridad Social (incapacidad temporal, lesiones permanentes no invalidantes, incapacidad permanente parcial o total), que se calculan según lo establecido en la LGSS y los baremos oficiales. 
    2. En segundo lugar, están las indemnizaciones por daños y perjuicios, cuya cuantía se determina en función del daño causado, el perjuicio económico y el impacto moral, aplicando con frecuencia el baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico como referencia orientativa.
    3. También existen otras indemnizaciones, como las derivadas de seguros de convenio colectivo —muy comunes en sectores como la construcción o el transporte—, que pueden suponer sumas elevadas si se reconoce una incapacidad permanente. 
  • Además, algunas empresas complementan voluntariamente las prestaciones económicas de la Seguridad Social con mejoras contractuales o acuerdos internos.
  • No se debe olvidar que, si se acredita la omisión de medidas de seguridad, el trabajador tiene derecho a que se le incremente la cuantía de sus prestaciones mediante un recargo (el recargo de prestaciones), que puede oscilar entre el 30 y el 50 %. Este recargo no se considera una indemnización al uso, pero supone una compensación económica adicional pagada directamente por el empresario.

 

En conclusión, reclamar una indemnización por accidente laboral es un proceso legal complejo, pero completamente necesario cuando se han vulnerado derechos fundamentales en el entorno de trabajo. Existes distintos mecanismos de protección, desde las prestaciones de la Seguridad Social hasta las indemnizaciones por responsabilidad empresarial, pasando por los recargos por falta de medidas de seguridad. Pero es imprescindible actuar con conocimiento, asesoramiento especializado y dentro de los plazos legales.

Si has sufrido un accidente laboral, infórmate, documenta todo desde el primer momento, solicita asistencia médica y jurídica, y no dejes que el miedo o la desinformación te impidan ejercer tus derechos.